INTERÉS GENERAL – SOLICITUD DE FIRMA DIGITAL NO PRESENCIAL

Mediante el Decreto Nº 743/2024 (en adelante, el “Decreto”), publicado en el Boletín Oficial con fecha 20/8/2024, el Poder Ejecutivo Nacional (en adelante, el “PEN”) dispuso que aquellas personas solicitantes o suscriptores de certificados digitales emitidos por los certificadores licenciados a efectos de obtener la Firma Digital podrán tramitar su emisión, renovación o revocación sin necesidad de verificar su identidad de forma presencial ante la Autoridad de Registro, es decir que dicha verificación se efectuará a través de medios digitales.

A dicho fin, el Decreto sustituye el inciso 2 del artículo 21 y el artículo 27 del Decreto 182/2019, el cual reglamenta la Ley N° 25.506 de Firma Digital.

Puede acceder al Decreto haciendo click aquí.

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