El pasado 13 de agosto de 2024, en el marco del expediente «Lacuadra Jonatan Daniel c/ DIRECTV Argentina S.A. y otros s/ Despido», la CSJN declaró admisible la queja interpuesta por la codemandada DirecTV Argentina S.A. y descalificó el fallo de la Sala X de la CNAT, en cuanto disponía el reajuste del crédito de conformidad con el criterio establecido a través de las Actas 2783 y 2784 y Resolución N° 3 de la CNAT, esto es, aplicando el índice CER más una tasa pura del 6% anual.
Para así decidir, el Máximo Tribunal reiteró los argumentos que había utilizado en febrero del corriente año en el fallo «Oliva» para descalificar la validez del Acta predecesora (CNAT N° 2764), acerca de la «desproporción» e «irrazonabilidad» de los montos a los que se arribaba mediante los criterios de actualización adoptados por la CNAT.
Por otro lado, en este caso puntual la Corte puso de resalto también que el índice CER «en modo alguno es una tasa de interés reglamentada por el BCRA como lo afirma la nueva acta de la cámara».
Restará ahora aguardar la postura que asumirá la CNAT con respecto a la forma de cálculo de los intereses en los créditos laborales, teniendo en cuenta esta nueva descalificación de parte de la CSJN.
En ese contexto, y mientras continúan las discrepancias entre la CNAT y la CSJN sobre el punto, se acentúa el estado de incertidumbre e inseguridad jurídica sobre las partes litigantes ante la Justicia Nacional del Trabajo.