Mediante el Decreto 14/2024 del Poder Ejecutivo Nacional, publicado en el Boletín Oficial en fecha 4/1/2024, se establece la no aplicación del gravamen del “Impuesto PAIS” a aquellas importaciones de mercaderías que habrán de emplearse en la elaboración de productos destinados a su exportación. Asimismo, excluye del impuesto a las destinaciones suspensivas de importación temporaria que se efectúen en los términos del decreto 1330/2004 y sus modificaciones (“Condiciones para la importación temporaria de mercaderías destinadas a recibir un perfeccionamiento industrial”) o del decreto 688/2002 y sus modificaciones (Creación del “Régimen de Aduana en Factoría”), en ambas normas.
Puede acceder al Derecho 14/2024 haciendo click aquí.