Luego de someterse a consulta pública el proyecto de reglamento para aplicar el Programa de Clemencia creado en la Ley 27.442 el 28/5/2024 se publicó en el Boletín Oficial de la Nación, y entró en vigencia, la Resolución N° 98/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio, por la cual se aprobó, como Anexo, el “Reglamento para la Ejecución del Programa de Clemencia”.
El Reglamento regula el funcionamiento de la Unidad de Clemencia, del Registro Nacional de Marcadores, el procedimiento de Solicitud de Marcador, el procedimiento de Solicitud de Clemencia, así como también los beneficios condicional y definitivo del programa de clemencia, i.e., la exoneración y reducción de sanciones, y un aspecto decididamente central del programa, que es el deber de colaboración en el procedimiento.
Además, se encomendó a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) afectar, dentro de sus actuales recursos, aquellos agentes que conformarán la Unidad de Clemencia, que implementará y ejecutará el Reglamento hasta que se ponga en funcionamiento la Autoridad Nacional de la Competencia. De acuerdo con el Reglamento, la Unidad de Clemencia tiene independencia funcional de la CNDC y quienes la integran son los únicos facultados para intervenir en el procedimiento y quienes exclusivamente tendrán acceso a las actuaciones y a la documentación involucrada hasta la evaluación del beneficio condicional de exoneración o reducción de sanción.
Se adjunta el Reglamento para la Ejecución del Programa de Clemencia aquí..
Propiedad Intelectual – INPI SIMPLIFICA EL RÉGIMEN PARA INSCRIBIR TRANSFERENCIAS DE DOMINIO Y CAMBIOS DE RUBRO
Mediante la Resolución N° 162/2026 del INPI, publicada en el B.O. en fecha 29/05/2026, se aprobó un nuevo Reglamento para la Toma de Razón de