Luego de los anuncios realizados por el ministro de Economía, Luis Andrés Caputo, respecto a las primeras medidas económicas que llevará a cabo el Gobierno del presidente Javier Milei, el día 13/12/2023 se publicaron en el Boletín Oficial de la República Argentina una serie de normas que implementan los referidos anuncios. A continuación, se destacan las principales normativas:
- Decreto 28/2023 – Programa de Incremento Exportador.
Se amplían las medidas orientadas al fomento de las exportaciones y se establece que los exportadores de bienes y de ciertos servicios deben ingresar y negociar al tipo de cambio oficial el 80 % de la venta a través del Mercado Único y Libre de Cambios (“MULC”) y por el 20% restante se efectuará al tipo de cambio contado con liquidación de entrada (“CCL de Entrada”).
Puede acceder al Decreto 28/2023 haciendo click aquí.
- Decreto 29/2023 – Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (“PAIS”).
Se modifica la alícuota del impuesto PAIS para las operaciones efectuadas en moneda extranjera aplicable a pagos correspondientes a importaciones de bienes no suntuarios y servicios de flete y transporte pasando de ser del 7,5% al 17,5%.
Puede acceder al Decreto 29/2023 haciendo click aquí.
- Resolución General AFIP 5463. Impuesto a las Ganancias. Impuesto sobre los Bienes Personales. Régimen de percepción. Resolución General 4815 y sus modificatorias.
Se reduce la alícuota del régimen de percepción de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales por operaciones alcanzadas por el impuesto PAIS.
Por consiguiente, se establece una única percepción del 30% computable como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias y el Impuesto sobre los Bienes Personales del mismo año fiscal en que fueron realizadas las percepciones, dejando sin efecto las alícuotas del 100% y del 25% respectivamente.
Puede acceder a la Resolución General AFIP 5463 haciendo click aquí.
- Resolución General AFIP 5464. Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS). Pago a cuenta. Resolución General 5393.
Se ajusta el pago a cuenta del Impuesto PAIS en las importaciones de bienes no suntuarios en una alícuota del 16,625 %.
Puede acceder a la Resolución General AFIP 5464 haciendo click aquí.