A través de la Ley de Bases, el Congreso de la Nación ha introducido importantes cambios en materia de renegociación y rescisión de contratos vigentes de obra pública y acuerdos transaccionales.
A continuación, se destacan los puntos principales relacionados con estos temas:
- Renegociación y Rescisión de Contratos: Se autoriza al Poder Ejecutivo Nacional (en adelante, el “PEN”) a renegociar o rescindir contratos de obra pública, concesión de obra pública, construcción o provisión de bienes y servicios celebrados antes del 10 de diciembre de 2023, siempre que el monto supere los diez millones de módulos, conforme lo establecido en el artículo 28 del Decreto 1030/2016 (Valor del módulo al día 10/7/2024 = $27.000). Esta facultad se deberá ejercer mediante un informe previo de transparencia y siempre que resulte financieramente más conveniente para el interés público.
- Exclusiones: Quedan expresamente excluidos de este régimen los contratos suscritos en virtud de los procesos de privatización autorizados por la Ley Nro. 23.696 y aquellos que se hayan suscripto en el marco de regímenes de promoción de actividades, programas de estímulo a las inversiones o a la producción, o que a la fecha se encontraran físicamente ejecutados en un 80%.
- Acuerdos Transaccionales: En controversias o reclamos administrativos, judiciales y/o arbitrales entre un contratista y cualquier órgano o entidad de la Administración Pública Nacional, el PEN está autorizado a realizar acuerdos transaccionales. El acuerdo se realizará previo dictamen favorable de la Procuración del Tesoro de la Nación y de la Sindicatura General de la Nación. El procedimiento para celebrar estos acuerdos deberá ser reglamentado.
- Contratos de Obra Pública: Se implementan diversas modificaciones a la Ley 17.520 de Obras Públicas. El PEN tendrá la facultad de otorgar concesiones de obras e infraestructuras públicas por un periodo fijo o variable a sociedades privadas, mixtas o a entidades públicas para la construcción, mantenimiento o explotación de obras o infraestructura pública y para la prestación de servicios públicos mediante el cobro de tarifas, peajes u otras formas de remuneración.