COMERCIO EXTERIOR – NUEVO PLAZO PARA EL INGRESO DE DIVISAS POR LA EXPORTACIÓN DE SERVICIOS

Mediante la Comunicación “A” 8116 de fecha 10/10/2024, el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) ha decidido ampliar el plazo para realizar la liquidación de exportaciones de servicios.

En este sentido, las personas humanas residentes que hayan facturado por servicios brindados al exterior dispondrán de un plazo ampliado de 20 días hábiles para ingresar al país los cobros obtenidos por dichas prestaciones, en contraste con los 5 días hábiles que se aplicaban anteriormente. Este plazo comienza a contar desde la fecha de su acreditación del monto en cuentas del exterior.

Esta medida, junto a la dispuesta por la Comunicación “A” 8074 del BCRA -que comentamos en una anterior oportunidad (ver newsletter de fecha 26/7/2024)- busca reducir los costos operativos y simplificar los trámites burocráticos, permitiendo a los freelancers agrupar sus ingresos en una única transferencia mensual.

 A su vez, las nuevas disposiciones ayudarán a reducir la informalidad en la exportación de servicios, especialmente en sectores como la informática, telecomunicaciones, servicios contables y jurídicos.

Para más información, consulte la Comunicación «A» 8116 del BCRA haciendo clic aquí.

Para acceder a nuestro comentario sobre la Comunicación “A” 8074 del BCRA haga clic aquí.

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