Por medio de la Resolución 114/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio de fecha 7/6/2024, se dispuso incorporar al ordenamiento jurídico de nuestro país el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Homologaciones Vehiculares entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil (el “Acuerdo”).
El Acuerdo establece el reconocimiento mutuo de las homologaciones vehiculares emitidas en ambos países en lo que respecta a las normas de seguridad vehicular vigentes y, por ende, la autorización de circulación de los vehículos.
En efecto, para la emisión por parte de la Secretaría de Industria y Comercio de las Licencias de Configuración de Modelo (LCM) previstas para la homologación de vehículos, se reconocerán cumplidos los requisitos de todos aquellos ítems de seguridad activa o pasiva con la presentación de los Certificados de Adecuación a la Legislación de Tránsito (CAT) emitidos por la Secretaría Nacional de Tránsito (SENATRAN) de Brasil.
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