COMERCIO INTERIOR – PAGARÉS “HARD DOLLAR” – NUEVA HERRAMIENTA DE FINANCIACIÓN PARA EMPRESAS

Por medio de la Resolución General 1003/2024 (“RG CNV 1003”), la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), reguló la posibilidad de que los pagarés emitidos en moneda extranjera y con la cláusula “sin protesto” para su pago en dicha moneda (cláusula de pago efectivo en moneda extranjera) coticen en el mercado de capitales. De no indicarse el tipo de cambio aplicable y el momento de cálculo del mismo, en todos los casos se aplicará la cotización del tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina al cierre del día anterior al del vencimiento de cada cuota o al del vencimiento del pagaré.

Al mismo tiempo, respecto de los pagarés bursátiles en general, dejó sin efecto la obligación de fijar un plazo máximo para su vencimiento y actualizó a $ 20.000 el monto mínimo de los mismos.

Adicionalmente, estableció dos excepciones para la transferencia de cheques de pago diferido y pagarés por parte del adquirente de los mismos a otros comitentes diferentes, siempre que revistan la calidad de: (i) Intermediario del exterior y custodio, en el marco de acuerdos de custodia global a través de un depositante en Caja de Valores S.A.; (ii) Fiduciario financiero en el marco de un fideicomiso financiero con autorización de oferta pública para la titulización de dichos instrumentos.

De esta manera, la RG CNV 1003 busca facilitar y mejorar el acceso al financiamiento de las empresas, principalmente del sector PyME, a mediano y largo plazo en dólares.

Puede acceder a la RG CNV 1003 de la CNV haciendo click aquí.

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